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De acuerdo con la Ley 448 de 1998, el artículo 26 de la Ley 1508 de 2012, el artículo 2.2.2.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 y articulo 49 del decreto 423 de 2001 , las entidades estatales deben solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional – DGCPTN, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público – MHCP, la aprobación de la valoración de obligaciones contingentes y el concepto de No objeción de Condiciones Financieras cuando a éste último haya lugar.
Conforme al Decreto 423 de 2001, la aprobación de obligaciones contingentes se deberá efectuar cuando una entidad estatal, sometida al régimen de obligaciones contingentes determinado por la Ley 448 de 1998, con antelación a la apertura de la correspondiente licitación o a la celebración del contrato si no se requiere licitación. pretenda celebrar un contrato indicado en el artículo 22 de la ley 185 de 1995 y allí se estipulen obligaciones contingentes. Para tal efecto, el artículo 49 del decreto mencionado establece que las entidades estatales deberán presentar a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los documentos en los que aparezcan las obligaciones contingentes que va a asumir, acompañados de un cronograma que proyecte las sumas correspondientes a dichas obligaciones durante el plazo del contrato,
Así mismo los proyectos bajo esquemas de Asociación Publico Privada, de acuerdo con la Ley 1508 de 2012 y sus decretos reglamentarios, como requisito para los procesos de selección deberán contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público respecto de las valoraciones de las obligaciones contingentes.
Adicionalmente, según el artículo 26 de la Ley 1508 de 2012 y sus decretos reglamentarios estipulan que para los proyectos de Asociación Publica Privada que requieren desembolsos de recursos públicos de la Nación y las entidades estatales del orden Nacional se deberá contar el concepto de no objeción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre las condiciones financieras y las cláusulas contractuales que rigen las mismas, propuestas por la entidad estatal competente.
Adicional a lo anteriormente expuesto, para la presentación de este tipo de proyectos por parte de Entidades Territoriales al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se deberán considerar los requisitos adicionales dispuestos en la normatividad vigente y aplicable, incluyendo, pero sin limitarse al artículo 27 de la Ley 1508 de 2012 y a la ley 448 de 1998.
Documentación a aportar
Con carácter general, para todas las solicitudes
1. Oficio de Solicitud (Archivo en PDF) (Bloqueante)
Oficio de Solicitud el cual debe estar firmado por el Representante legal o quien haya sido designado, conforme a las competencias para la solicitud del trámite.
2. Concepto de la adecuación a la política de Riesgo Contractual del Estado (Archivo en PDF) (Opcional)
Señalado por el CONPES conforme al artículo 18 del decreto 423 de 2001. Debe estar firmado.
3. Documentos Contractuales - Minuta del Contrato parte general (Archivo en WORD) (Bloqueante)
Documento donde se relacionen las obligaciones contingentes asumidas y las cláusulas contractuales que rigen las condiciones financieras Conforme al artículo 43 del Decreto 423 de 2001.
Nota: De no existir el documento "3. Minuta del contrato parte General" y el documento "4. Minuta del contrato parte especial" únicamente cargar la Minuta del contrato por la opción del documento "3. Minuta del contrato parte General".
Nota2: En el boton "Adjuntar Documentación Complementaria" deberán adjuntarse en el caso de presentarse, los apéndices, modificaciones, otrosíes, actas de entendimiento y demás documentos contractuales
4. Documentos contractuales - Minuta del Contrato parte especial (Archivo en WORD) (Opcional)
Documento donde se relacionen las obligaciones contingentes asumidas y las cláusulas contractuales que rigen las condiciones financieras Conforme al artículo 43 del Decreto 423 de 2001
Nota: De no existir el documento "3. Minuta del contrato parte General" y el documento "4. Minuta del contrato parte especial" únicamente cargar la Minuta del contrato por la opción del documento "3. Minuta del contrato parte General".
Documento donde se relacione la tipificación, asignación de riesgo, calificación de probabilidad e impacto con su debida justificación.
SI el proyecto tiene riesgos en área valorable. Usted debe anexar adicionalmente los siguientes documentos:
6. Valoración de las Obligaciones contingentes o ejercicio de suficiencia de mecanismos (Archivo en EXCEL) (Bloqueante)
De acuerdo con la metodología de la DGCPTN y con los artículos 7 y 45 del Decreto 423 de 2001.
Nota: Si el proyecto es una APP de iniciativa privada sin desembolso de recursos públicos, este archivo debe incluir el ejercicio de suficiencia de mecanismos de compensación con el fin de evidenciar que los mecanismos de cobertura de riesgos propuestos son suficientes para cubrir las obligaciones contingentes asignados a la entidad pública.
Refleja el cronograma donde se proyecte el monto de dichas obligaciones durante el plazo del Contrato. Es responsabilidad de la Entidad Estatal incluir dichos montos dentro de sus respectivos presupuestos, tal como lo estipula el artículo 7 del Decreto 423 de 2001.
De acuerdo con la metodología de valoración en contratos estatales, en caso de no recurrir a información histórica para la valoración de las obligaciones contingentes, se requiere la presentación de una certificación de las razones por las cuales no se recurrió a esta herramienta y definir el mecanismo alterno utilizado. Firmada por el representante legal.
Si aplica el artículo 51 del Deccreto 423 de 2001 - Ausencia de Metodologías. Debe anexar el siguiente documento
9. Justificación y presentación de metodología (Archivo en WORD o PDF) (Bloqueante)
De acuerdo al artículo 51 del Decreto 423 de 2001, incluir documento con la justificación y presentación de la metodología
Si requiere entregar Modelo Financiero. Debe anexar el siguiente documento
11. Modelo Financiero del proyecto (Archivo Encriptado ZIP o 7z) (Bloqueante)
Modelo Financiero detallado del proyecto que refleje las condiciones financieras a pactar contractualmente o archivo que incluya los insumos financieros. Dichos insumos se utilizarán únicamente en el marco de las competencias dadas por la Ley Aplicable a la DGCPTN.
Protocolo de seguridad: El presente documento debe ser encriptado con el programa 7ZIP usando el método de cifrado AES-256. El protocolo de entrega de la contraseña ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público será definido por la Subdirección de Asociaciones Público Privadas del MHCP.
Si está respondiendo a observaciones remitidas anteriormente por la Subdirección de Asociaciones Público Privadas del MHCP. Debe anexar el siguiente documento
10. Respuesta a las observaciones remitidas anteriormente (Archivo en WORD o PDF) (Bloqueante)
Documento en donde la Entidad Contratante da respuesta a las observaciones remitidas anteriormente por la Subdirección de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
No requiere entregar Modelo Financiero. Anexe el siguiente documento
Certificación de veracidad y completitud de información suministrada a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional respecto a los insumos del modelo financiero que soportan la valoración de obligaciones contingentes del proyecto
Forma de presentación
On-line Presentación vía Sede Electrónica
Plazo Presentación
Lunes a viernes entre 8 a.m. a 5 p.m.
Las entidades podrían en cualquier momento incluir la información, No obstante, lo anterior, cualquier cargue de información que se realice con posterioridad a la jornada de atención regular, quedará radicada en el siguiente día hábil. De igual forma, el trámite en la Subdirección de Asociaciones Publico Privadas no será iniciado hasta no contar con la totalidad de documentación exigida incorporada en el sistema.
Información adicional a la forma de presentación
La información complementaria que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional - Subdirección de Asociaciones Público Prvadas solicite, debe enviarse a través de este sitio web, siguiendo las instrucciones que el sistema indique.
La entidad solicitante recibirá la respuesta de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional - Subdirección de Asociaciones Público Prvadas a través de este sitio web y al correo electrónico que la entidad haya registrado en el formulario de éste aplicativo.
Observaciones
Contactos
Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional - Subdirección de Asociaciones Público Privadas contactoapp@minhacienda.gov.co
Ministerio de Hacienda y Crédito Público | NIF: 899.999.090-2 | Carrera 8 No. 6C-38 | BOGOTA (CUNDINAMARCA) | Telf.: (+57 1) 3811700 ext. 2185 | Fax: (+57 1) 3812183. | atencioncliente@minhacienda.gov.co
Normas que aplican a este trámite:
Ley 1882 de 2018
Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de Infraestructura y se dictan otras disposiciones.
Ley 1508 de 2012
Por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones.
Ley 448 de 1998
Por medio de la cual se adoptan medidas en relación con el manejo de las obligaciones contingentes de las entidades estatales y se dictan otras disposiciones en materia de endeudamiento público.
Ley 80 del 28 de octubre 1993
por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Decreto 1082 de 2015
Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional.
Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015
Decreto único reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
Decreto 423 de 2001
Por el cual se reglamentan parcialmente las leyes 448 de 1998 y 185 de 1995.
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