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El Sistema General de Participaciones integra los recursos que el Gobierno Nacional transfiere a las entidades territoriales en cumplimiento de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, reformados por los Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007.
Estos recursos provienen de los Ingresos Corrientes de la Nación y se ejecutan en el Presupuesto General de la Nación como Gasto de Funcionamiento a través del rubro Transferencias Corrientes. Son incorporados en los presupuestos de los Departamentos, Distritos y Municipios como Ingresos no Tributarios.
Mediante Acto Legislativo 04 de 2007 se facultó al Gobierno Nacional para diseñar una Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Integral al gasto que se realice con los recursos del Sistema General de Participaciones, en desarrollo de lo cual se expidió el Decreto 028 de 2008 con el fin de definir la Estrategia.
El Decreto 791 de 2009 le otorgó las competencias de implementación de la Estrategia al Ministerio de Hacienda y Crédito Público; a su vez este Ministerio mediante la Resolución 794 de 2009, confirió a la Dirección General de Apoyo Fiscal las competencias para el desarrollo de lo ordenado en el Decreto 028 de 2008 y sus normas reglamentarias. La implementación de la estrategia incluye la adopción de medidas preventivas y determinación de correctivos en las Entidades Territoriales, en las cuales se identifiquen eventos de riesgo, para asegurar la adecuada ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones, el cumplimiento de las metas de continuidad, cobertura y calidad y la adecuada prestación de los servicios.
Para encaminar las actividades asociadas a la estrategia se requiere de diferentes solicitudes de información a las Entidades Territoriales. Una de dichas solicitudes es el proyecto de acto administrativo territorial por el cual se pretende adoptar el plan de desempeño. El proyecto del acto administrativo debe ser remitido al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su revisión antes de la promulgación.
La Entidad Territorial remite el proyecto de acto administrativo a través del presente trámite.