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Aviso
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La DGPPN identifica las partidas del presupuesto financiadas con recursos Nación de acuerdo con dos categorías que permiten determinar cuáles de ellas se atienden con situación de fondos a través del Tesoro Nacional y por exclusión, cuales no requieren situación de fondos de dicho Tesoro. Estas dos categorías permiten identificar las partidas Con Situación de Fondos – CSF y Sin Situación de Fondos – SSF respectivamente. Así, el Cambio de Situación de Fondos es el trámite que una entidad solicita para que la DGPPN autorice un cambio en la situación de fondos de una partida presupuestal.
Nota: De acuerdo con lo establecido en el artículo 93 del Estatuto Orgánico del Presupuesto “ARTÍCULO 93 (...) El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Nacional, determinará las normas y procedimientos que, sobre suministro de información, registros presupuestales y su sistematización deberán seguir los órganos del orden nacional (Ley 179 de 1994, art. 41). Por lo anterior, en caso de que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional requiera profundizar o solicitar información adicional con el fin de dar viabilidad a la solicitud presupuestal la Entidad deberá aportar la documentación que requiera.
Documentación a aportar
Con carácter general, para todas las solicitudes
1. Oficio de Solicitud (Bloqueante)
Oficio de solicitud del trámite presupuestal suscrito por el Jefe del Órgano o a quien éste haya designado del nivel directivo.
2. Justificación Técnica (Bloqueante)
Descripción de la situación que justifique el cambio en la situación de fondos. Cuando aplique incluir la documentación soporte de los cálculos cuantitativos. Adicionalmente se deben detallar las normas que sustentan la legalidad de la operación presupuestal.
Forma de presentación
On-line Presentación vía Sede Electrónica
Plazo Presentación
Para efectos de los trámites en el último mes del año se requiere tener en cuenta la circular de cierre que expida la Dirección General de Presupuesto Público.
Información adicional a la forma de presentación
La información complementaria que la DGPPN solicite debe enviarse a través de este sitio web, siguiendo las instrucciones que el sistema indique.
Respuesta a los trámites presupuestales
La entidad solicitante recibirá la respuesta de la DGPPN a través de este sitio web y por el correo electrónico que la entidad haya registrado en el sistema.
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